Ayudas Autoconsumo Fotovoltaico para el Sector Agroalimentario 2021-2023

Ayudas Autoconsumo Fotovoltaico para el Sector Agroalimentario 2021-2023

Ayudas Autoconsumo Solar al Sector Agroalimentario en Navarra Solicítala antes del 31 de agosto de 2021 Ayudas al Sector Agroalimentario en Navarra: El pasado 30 de Marzo se publicaron en el BON y al final del artículo te dejamos un resumen y el link para descargárlas. Estas ayudas, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural […]

Ayudas Autoconsumo Solar al Sector Agroalimentario en Navarra

Solicítala antes del 31 de agosto de 2021

Ayudas al Sector Agroalimentario en Navarra: El pasado 30 de Marzo se publicaron en el BON y al final del artículo te dejamos un resumen y el link para descargárlas.

Estas ayudas, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Navarra, tienen como objetivo fomentar las inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas para mejorar la posición competitiva del sector agroalimentario de Navarra.

Alba Renova no sólo proporciona energía mediante la instalación fotovoltaica, sino que también realiza la gestión de consumos para optimizar el aprovechamiento de ésta, cuestión fundamental en el sector agroalimentario.

Una de las instalaciones que permiten una importante reducción de costes, es la energía solar fotovoltaica de autoconsumo. Alba Renova realiza instalaciones para el sector agroalimentario, lo que nos permite conocer de primera mano su rentabilidad y rápida amortización.

Además, esta ayuda es compatible con la actual Deducción Fiscal del 25% para instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo y que finaliza este año 2021. Si estás pensando en ello, es el momento.

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Ayudas al Sector Agroalimentario en Navarra: Resumen

¿Qué proyectos son subvencionables?

Serán subvencionables los proyectos de inversión, en activos materiales o inmateriales, que tengan por finalidad:

  1. a) Las mejoras en la transformación y comercialización.
  2. b) El incremento del valor añadido del producto.
  3. c) La mejora de la calidad.
  4. d) El incremento de la capacidad productiva.
  5. e) La eficiencia energética y en el uso de los inputs.
  6. f) El incremento del empleo.
  7. g) La diversificación de actividades.
  8. h) La protección medioambiental.
  9. i) La seguridad laboral.
  10. j) La creación de un nuevo establecimiento.
  11. k) La ampliación de un establecimiento existente.

Finalidad de las ayudas

La finalidad de estas ayudas es fomentar las inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas para mejorar la posición competitiva del sector agroalimentario de Navarra.

Importe de la ayuda.

  1. El importe de la ayuda se determinará en función de las características de la empresa y del proyecto de inversión que se señalan en las tablas de la convocatoria.
  1. La cuantía máxima de subvención a conceder es de 2.000.000 euros por planta productiva. Y, en ningún caso, se superarán las intensidades máximas de ayuda señaladas en la siguiente tabla:
TAMAÑO Y TIPO DE LA EMPRESAAYUDA 
Gran empresa

14%

Pyme17%

Entidad asociativa

20%

Entidad asociativa en proceso de integración por acuerdos intercooperativos (EAPIC – AI; Base 2.7.b)

23%

Entidad asociativa en proceso de integración mediante procesos de fusión o absorción y cooperativas de segundo grado o EAP que han incorporado cooperativas (EAPIC – FAI; Base 2.7.a)

28%

 

Plazos de Presentación y ejecución del Proyecto

El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y finalizará el día 31 de agosto de 2021, incluido.

Los proyectos de inversión deberán ser ejecutados íntegramente entre la fecha de solicitud de las ayudas y la fecha de finalización que se señale en la resolución de concesión, que será:

  • El 30 de junio de 2022, para aquellos proyectos que se haya indicado en la solicitud de las ayudas que finalizarán para esa fecha.
  • El 30 de junio de 2023, para aquellos proyectos que se haya indicado en la solicitud de las ayudas que finalizarán para esa fecha.

 

Plazo y forma de justificación de las inversiones realizadas.

  1. Una vez concedida la ayuda, las beneficiarias deberán justificar las inversiones realizadas en los siguientes plazos:
  2. a) Hasta el 30 de junio de 2022, incluido, los proyectos que en la resolución de concesión se indique que finalizarán a esa fecha.
  3. b) Hasta el 30 de junio de 2023, incluido, los proyectos que en la resolución de concesión se indique que finalizarán a esa fecha.

En el caso de que la justificación se realice dentro del mes siguiente a dichos plazos, se reducirá en un 10% la subvención a abonar. Si el tiempo transcurrido es superior, se procederá a declarar la pérdida del derecho al cobro de la misma.

El presupuesto mínimo del proyecto para ser subvencionable, en función del personal de la planta productiva (plantilla media del año 2020), será el siguiente:

PERSONALPRESUPUESTO MÍNIMO
Menos de 1015.000 euros
Entre 10 y 4950.000 euros
Entre 50 y 249100.000 euros
250 o más300.000 euros

Solamente será subvencionado un proyecto de inversión por cada planta productiva que tenga la empresa en Navarra.

 

¿La Instalación Fotovoltaica es Subvencionable?

Tal como consta en el punto 5.2 de las bases de la convocatoria de las Ayudas al Sector Agroalimentario en Navarra, puedes solicitar la ayuda para instalaciones de autoconsumo que, además de la importante reducción de costes, reduce el impacto medioambiental y mejora la productividad de tu empresa.

«2.º La compra, o arrendamiento financiero con opción de compra, de nueva maquinaria y equipamiento, hasta el valor de mercado del producto. Este concepto incluye:

–Maquinaria y otros bienes de equipo (incluidos equipos informáticos), e instalaciones productivas específicas, así como las instalaciones de calefacción, refrigeración / frío industrial, aire acondicionado, aire comprimido y placas solares de autoconsumo. Igualmente se incluyen los gastos relativos a costes necesarios para la acometida e instalación de suministros de electricidad y/o gas, con independencia de la titularidad final de dicha acometida.»

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Las industrias agroalimentarias constituyen un fuerte pilar en el que se sustenta la economía rural de la Unión. Es el sector industrial que tiene una mayor implantación en el ámbito rural y sirve como tractor del sector primario, facilitando el incremento del valor añadido de los productos agrícolas. Además, este sector se enfrenta a un proceso de modernización permanente que le permite ser más competitivo en un entorno económico cada vez más exigente.

El Reglamento (UE) número 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) contempla la “Inversión en activos físicos”. A su vez, dispone de 3 submedidas, siendo una de ellas: “La ayuda a inversiones materiales e inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas contemplados en el anexo I del Tratado o del algodón, exceptuados los productos de la pesca”.

El Programa de Desarrollo Rural (PDR) de Navarra para el período 2014-2020 incluye esta submedida (código 4.2).

De conformidad con lo expuesto, el Gobierno de Navarra resuelve lo siguiente:

1. Aprobar la convocatoria de 2021 de ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias.

2. Aprobar las bases reguladoras de la concesión de estas ayudas, que se recogen en el Anexo de esta Resolución.

3. Autorizar un gasto de 20.000.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 810007 81210 7701 413102 “PDR FEADER 2014-2020. Subvenciones por inversiones en industrialización y comercialización agrarias”, condicionado a la existencia de crédito, con los siguientes límites:

AÑO

IMPORTE (euros)

2022

10.000.000

2023

10.000.000

TOTAL

20.000.000

Asimismo, se fija una cuantía adicional máxima de 6.000.000 euros cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria y se regirá por lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Empresas o Entidades Beneficiarias de las Ayudas al Sector Agroalimentario en Navarra

Podrán obtener la condición de beneficiarias de estas Ayudas al Sector Agroalimentario en Navarra  (personas físicas o jurídicas) y entidades sin personalidad jurídica que reúnan los siguientes requisitos:

a) Realicen la actividad a subvencionar en Navarra.

b) Desarrollen alguna de las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), a excepción de las empresas del sector de la pesca, del sector de vino y de aquellas cuyo producto resultante esté fuera del citado Anexo I.

c) Estén inscritas en el Registro Industrial de Navarra.

d) No estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

e) No hayan sido sancionadas por motivos medioambientales sin que la empresa haya iniciado las acciones correctoras previstas en la sanción.

f) No haber sido sancionadas mediante resolución firme en materia de seguridad y salud laboral, con una infracción muy grave o más de dos graves, en los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria.

g) No haber sido sancionadas o condenadas por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme.

h) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las universidades públicas, los organismos autónomos, ni las sociedades y fundaciones públicas.

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