Navarra sustituye la licencia de obras para Instalaciones Fotovoltaicas por una declaración responsable La modificación legislativa, además de instalaciones de energía fotovoltaica, también se exime de licencia de obras a los puntos de recarga de vehículos eléctricos, sustituyéndola por una declaración responsable de un técnico competente. El pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado por […]
La modificación legislativa, además de instalaciones de energía fotovoltaica, también se exime de licencia de obras a los puntos de recarga de vehículos eléctricos, sustituyéndola por una declaración responsable de un técnico competente.
El pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado por unanimidad una modificación legislativa para que las instalaciones de aprovechamiento de energía solar destinadas al autoconsumo entren en los supuestos sujetos a declaración responsable o comunicación previa, salvo excepciones puntuales, de forma que no precisarán de obtención previa de licencia de obras municipal.
Este cambio se introduce mediante una modificación del artículo 192 del texto refundido de la ley foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
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Se pretende así acabar con las «distintas interpretaciones jurídicas» en relación a lo regulado en este artículo, donde se deja al albur de las ordenanzas municipales la concreción del concepto de obras menores, entre las cuales cabía incluir las instalaciones de placas solares o fotovoltaicas destinadas al autoconsumo.
A tal objeto, para eliminar la posibilidad de requerir autorización administrativa en el proceso de implantación de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo y, con ello, «facilitar e incentivar la generación de energía más limpia y barata», se introduce que estas instalaciones no precisarán de licencia de obras municipal.
Navarra elimina la licencia de obras para Instalaciones Fotovoltaicas
Por medio de una enmienda introducida por todos los grupos, se exime también de licencia de obras a los puntos de recarga de vehículos eléctricos situados en el interior de edificaciones, salvo que pudieran suponer un impacto sobre los bienes declarados de interés cultural o sujetos a cualquier otro régimen de protección.
Sí requerirán de licencia las instalaciones que se hagan en edificios declarados como bienes de interés cultural o catalogado. En este caso, se buscarán soluciones innovadoras que permitan realizar las adaptaciones precisas para mejorar la eficiencia energética y garantizar la accesibilidad, sin perjuicio de la necesaria preservación de los valores objeto de protección.
También necesitarán licencia las instalaciones que afecten a los cimientos o la estructura del edificio o que requieran de de evaluación de impacto ambiental de acuerdo con la normativa ambiental de aplicación.
Esta ley foral, según se precisa en la exposición de motivos, «posibilitará con carácter inmediato una disminución de la factura energética a los consumidores» que se decidan y, adicionalmente, «detraerá demanda de energía en el mercado mayorista de electricidad», contribuyendo así a una «contención y/o disminución de precios, a una mejora de las condiciones ambientales y a una reducción de la importación de hidrocarburos».
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Fuente: Noticias de Navarra